El pasado 7 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Convenio Nacional de Industrias Cárnicas, negociado por CCOO donde vienen reflejados la mayoría de los aspectos que regulan nuestra relación laboral con la empresa, como por ejemplo la subida salarial del 3% para el 2024 y del 3% del 2025.
También, a partir de este momento, como mejora, se
consigue por 1 hora extraordinaria de trabajo se compense con 1 hora y 45
minutos.
La empresa y la persona trabajadora se pondrán de acuerdo
respecto al periodo de disfrute de los días de descanso derivado de las horas
extraordinarias. En caso de desacuerdo sobre el disfrute y cuando hayan
transcurrido 4 meses desde su realización, la empresa procederá al pago
económico de la hora extraordinaria.