martes, 14 de enero de 2020

MODIFICACIÓN DE CONTRATOS POR CAMBIO DE JORNADA HABITUAL

Desde la Sección Sindical de CCOO queremos recordaros que en nuestra empresa tenemos por convenio dos tipos de contrato (de lunes a viernes) y de (martes a sábado) y otro para la sección de matadero por acuerdo interno del comité de empresa que es de (domingo a jueves).
 Es decir, que cada trabajador hemos firmado uno de estos tipos de contrato. Dicho esto, nos sorprende que se manifieste desde un sindicato que dirige actualmente el comité de empresa, “que no ha sido informado de las causas reales por las que se modifican la jornada de trabajo de los trabajadores” y que no se cumplan con los acuerdos sobre horarios en la empresa que se pactan anualmente.
 
 Más preocupante para nosotros es que se diga a los trabajadores que crean que están afectados, que denuncien a la empresa individualmente para que sean cambiadas las condiciones de su contrato de trabajo sin explicarles los posibles inconvenientes que esto supondría tanto para ellos como para otros trabajadores.
Por lo tanto, para Comisiones Obreras solo existen estos tipos de contrato establecidos y son los que tienen que aplicarse y es la empresa la que organiza a los trabajadores en función a sus contratos, ahora bien, si algún trabajador tiene un contrato que no corresponde a los anteriormente mencionados, os pedimos que os pongáis en contacto con nuestra sección sindical o cualquiera de sus delegados para subsanarlo.